MONTEVIDEO, JULIO 2021
SOBRE EL ARTÍCULO 72 DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS
DOCUMENTO ELABORADO POR LA COORDINADORA DE CANNABIS URUGUAY :
1- El IRCCA ya tiene la facultades de inspección.
La ley 19.172 crea al órgano rector Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA), dependiente de Presidencia de la República, cuya finalidad es “Fiscalizar el cumplimiento de la presente ley a su cargo”(Art 18, C) y en sus atribuciones se describe “el control y fiscalización de la plantación, cultivo, cosecha, producción, acopio, distribución y expendio de cannabis…”(Art 27).
Con esta iniciativa las competencias del IRCCA se desplazan directamente a la policía. Esta forma de cambio de la norma viola la forma republicana de gobierno (art. 82 y 72 Constitución), generando la criminalización formal de esta actividad lícita, al colocar las inspecciones en la órbita del ministerio del interior.
2- La policía ya cuenta con los mecanismos legales para investigar en caso de sospecha de ilícito.
La ley 19.172 exceptúa al cannabis de la normativa general de prohibición y represión del tráfico de drogas ilegales, habilitando mecanismos legales para el acceso, la producción, venta e investigación de marihuana en todo el territorio nacional. El Ministerio del Interior queda exento del control del cannabis regulado, siendo su competencia la persecución de los delitos relacionados con drogas de procedencia ilícita.
El Ministerio del Interior ya tiene la competencia de acceder al registro de clubes y autocultivadores en el marco de una investigación penal, es decir, por razones de seguridad pública o de prevención del delito.
3-Desestimula el registro en el mercado regulado.
Los y las ciudadanas confiaron en que sus datos serían tratados como sensibles al momento del registro. De aprobarse este artículo se pierde la confianza en el registro y en la norma, fundamental para la calidad del Estado de derecho.
Habilitar este cambio debilita la regulación eliminando los resguardos y garantías básicos para las y los ciudadanos que confiaron en el Estado.
Esto tiene como consecuencia directa, quienes están registrados decidan volver al mercado no regulado y quienes estaban pensando en legalizar su consumo, sigan accediendo por vías ilegales.
4- Reintroduce riesgos y daños del prohibicionismo.
Pasa de un paradigma garantista basado en la legislación, información y control, a un paradigma de vigilancia propio de un Estado antidemocrático, que no da garantías a los ciudadanos y no respeta los derechos adquiridos.
Se da un retroceso en políticas públicas de seguridad y convivencia: este cambio puede reforzar la conflictividad con la autoridad policial e instalar una sensación de inseguridad para quienes adhirieron al mecanismo regulatorio.
5- Es Inconstitucional:
El artículo 72 de la Constitución establece que la protección de datos personales y sensibles es un derecho humano inherente a la persona, (ley 18.331 art. 72 de la constitución). También se ven afectados los art. 7 y 10 de la Constitución que establecen el derecho a la intimidad, a la protección del honor, a la libertad, a la no discriminación y, eventualmente, el principio de irretroactividad de la ley.
Quienes dieron los datos al IRCCA para asentarlos en sus registros (adquirentes, autocultivadores, clubes de membresía y sus integrantes), dieron sus consentimientos en un contexto (normativo, institucional) que impedía la intromisión en la privacidad. Por tanto, no debería extender los efectos normativos del cambio en la disposición – si fuese aprobada- a situaciones anteriores.
6- Esta propuesta ataca el centro de la regulación.
Cuando se propone un cambio regulatorio, debe existir una evaluación previa, lo que no se hizo en este caso.
Se está instalando nuevamente el paradigma prohibicionista. El proyecto de ley ha descartado de forma fulminante el enfoque de funcionarios alineados con la regulación del cannabis.
La política de drogas en Uruguay, como política pública se ha venido desarrollando con una tradición de regulación y un paradigma antiprohibicionista. Asimismo la comisión de estupefacientes de la ONU separó al Cannabis de la lista IV de sustancias peligrosas el pasado año, vislumbrándose una tendencia mundial a nuevas políticas de drogas en favor de los derechos humanos y la salud pública.
La vuelta al paradigma prohibicionista instala la guerra contra las personas y no resuelve el problema de seguridad pública. Fiscalizar esta actividad licita, sería una muy mala asignación de los funcionarios policiales y un desperdicio de los escasos recursos con que cuenta hoy el Estado.
El mercado regulado respeta el derecho de las personas a consumir cannabis, cuidando la salud y controlando la calidad de los productos. Con la regulación se ha apartado a muchos de los usuarios de cannabis del tráfico ilegal. Mediante la legislación y la fiscalización de todas las actividades conexas se tendió a la reducción de daños asociados al consumo.
7- No es competencia de la policía.
El art 72 propuesto, permite a la policía hacer inspecciones y controles regulares. Más allá de que esto es tarea de IRCCA como ya se argumentó, implica que la policía pueda ingresar al domicilio de los autocultivadores y a los cultivos de los clubes de cannabis en cualquier momento, sin orden judicial y sin orden de allanamiento. Este derecho la policía no lo tiene en ninguna otra actividad lícita, lo cual criminaliza directamente a los cultivadores. No debería ser derecho de la policía ir al hogar de ninguna persona sin la debida orden de un juez. La policía ha demostrado incansablemente
no estar capacitada ni formada técnicamente para controlar ningún cultivo de cannabis, se han detectado errores técnicos por parte de la policía en varios casos. Por lo tanto este poder que se le daría a la policía no garantiza bajo ningún concepto que los controles sean de calidad y con las garantías necesarias.
En el Informe JIFE 1 de este año, se advierte sobre la identificación y el crecimiento de la corrupción policial en Uruguay en temas de drogas. Esta advertencia es grave y visibiliza una problemática interna en la estructura policial, donde, al día de hoy, llega la influencia del narcotráfico. En este contexto, consideramos de alto riesgo para la seguridad pública que la Policía tenga acceso a la base de datos de las direcciones de los cultivos. Estos datos son de gran valor para las organizaciones criminales. Eliminar el carácter de dato sensible, otorgando a la policía estas direcciones, pone en riesgo la seguridad de los usuarios y a la policía, porque estará más expuesta y vulnerable a que
dichas organizaciones los quieran corromper para acceder a los datos.
Los defensores de oficio de nuestro sistema judicial han denunciado ante la Suprema Corte atropellos de la policía contra personas pobres2 . Defienden alrededor del 90% de quienes están sujetos a un proceso penal. El relevamiento que realizaron, mostró un panorama preocupante y generalizado en casi todos los departamentos. Allanamientos sin orden judicial que se “disfrazan” como inspecciones “voluntarias”, maltratos y agresiones en las detenciones, coacciones físicas y psicológicas para conseguir declaraciones, ausencia de exámenes médicos para comprobar lesiones en los detenidos, uso “desmedido” de la fuerza frente a niños, daños innecesarios en hogares de
bajos recursos.
Hemos constatado hechos similares en operativos contra autocultivadores, con situaciones de violencia innecesaria y equivocaciones groseras en lo referente a la ley vigente, provocando incluso formalizaciones y procesos con prisión a cultivadores que operan en el marco de la normativa actual.
1 Tomado de l a página h ttps://unis.unvienna.org/pdf/2021/INCB/INCB_Report_S.pdf visitada el 20 de julio de 2021, lease en la página 82, Cultivo, producción, fabricación y tráfico para América latina- Uruguay numeral 529.
2 Tomado de https://www.busqueda.com.uy/Secciones/Defensores-de-oficio-denuncian-ante-la-Corte-un-aumentopreocupante- de-abusos-policiales-y-perdida-de-garantias-uc48599 Nro 2132, visitada el 22/7/2021.
“La Suprema Corte de Justicia investiga las denuncias de abusos policiales presentadas por l os
defensores de oficio”