Legislación excluye a un “gran número” de mujeres con hijos de medidas alternativas a la cárcel y proponen cambiarla

Juan Miguel Petit pide mecanismos distintos a la prisión para mujeres que cometen delitos leves y tienen a bebés o niños a cargo.

Macarena Saavedra para Búsqueda 16/01/2025

Para el comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, se debe crear una política penitenciaria para mujeres “fuertemente diferenciada” de la masculina, tanto en la privación de libertad como con las medidas alternativas que se aplican.
Cada año las mujeres representan un porcentaje mayor del total de personas presas —actualmente son 1.373 y superan el 8%— y muchas de ellas son madres y con bebés o niños a cargo cuando son condenadas.
Este enfoque está reflejado en un informe especial del comisionado parlamentario penitenciario de diciembre de 2024 sobre las penas alternativas para este segmento de la población privada de libertad. Ideas similares se habían plasmado en el último informe anual de la Oficina del Comisionado Parlamentario Penitenciario, en el que se sugirió que el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) cree en la estructura orgánica una subdirección de mujeres privadas de libertad, para asegurar la perspectiva de género en los planes de rehabilitación y en los aspectos edilicios.
En el documento al que accedió Búsqueda, Petit hace diversas propuestas específicas, indica que se requiere una “innovación en políticas sociales”, sobre todo para las embarazadas y las madres, y recomienda que los operadores de justicia promuevan la aplicación de medidas alternativas a la cárcel, para las que cometen delitos leves y no revistan un riesgo para la sociedad. En caso de optar por la prisión domiciliaria, se plantea que sea asistida por servicios sociales de protección.
“Su retorno a la comunidad sin un trabajo integral, es posible que no alcance ‘la rehabilitación esperada’ y volvería a colocar a la persona vulnerable sociopenalmente ante la cercanía o inminencia de nuevas transgresiones como estrategia de supervivencia”, plantea el informe, por lo que consideran necesarias “asistencias fuertes” que aseguren el cumplimiento de la pena con oportunidades de rehabilitación para un nuevo proyecto de vida.
Según un reciente diagnóstico, de las 39 mujeres que estaban presas en la Unidad N° 9 (principal cárcel para mujeres con hijos a cargo, que funciona en el mismo edificio que la Unidad Nº 5), el 80% estaban por violación a la ley de estupefacientes, el 10% por rapiña, una por homicidio, una por abuso sexual, una por atentado violento al pudor y otra por lesiones. Del total, el 41% presentaba riesgo bajo de reincidencia, 53% riesgo medio, y solo el 5%, un alto riesgo. Respecto del riesgo de daño para sí o para terceros, 62% tenía riesgo bajo, el 38% medio y ninguna con riesgo alto.

Situaciones “excesivamente restringidas”
En el caso de la prisión domiciliaria, el documento señala que la legislación no prevé criterios aplicables para todas las mujeres embarazadas, en etapa de lactancia o con hijos a cargo. Si bien destaca que luego de una discusión el Parlamento logró a través de la Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio de 2022 promover que se apliquen medidas alternativas a la cárcel en esos casos, la redacción final determinó que sea “en determinadas condiciones acotadas legalmente”, que consideran que “deben ser modificadas por ser excesivamente restringidas y no poder aplicarse a un gran número de situaciones” en las que es “indispensable”.
La última redacción para el artículo 304 del Código del Proceso Penal habilitó a sustituir o aplazar la pena privativa de libertad cuando existe “necesidad de atender circunstancias familiares que hicieran evidentemente perjudicial” la “internación inmediata en prisión” de la persona implicada o “específicamente embarazadas en estado de gravidez a partir del quinto mes de embarazo o madres que estén amamantando durante el primer año de lactancia”. Pero excluyó a las reincidentes y a las que enfrentan una pena menor a 24 meses.
En ese marco, entre las recomendaciones se incluye “que se tomen las medidas necesarias para revisar la legislación vigente y se formulen modificaciones normativas para hacer aplicable las penas alternativas a la prisión en particular para las mujeres gestantes, en etapa de lactancia y con hijos e hijas a cargo”, porque la privación de la libertad de las mujeres que cometen delitos afecta directamente a sus hijos.

“Contribuir a la reducción de la reincidencia”
En relación a los centros penitenciarios, el documento elaborado por la Oficina del Comisionado Parlamentario Penitenciario propone que “se tomen las medidas administrativas necesarias” para la creación de “casas cuidadas y seguras de medio camino” para grupos de no más de 10 mujeres con hijos a su cargo, para sustituir progresivamente a las cárceles tradicionales y evitar el “clima policial de control”. Plantea que, si bien los bebés y niños viven en buenas condiciones, las prisiones son instituciones que deben forzosamente tener alambrados, controles, vigilancia, falta de intimidad y cercanía a otros pabellones o celdarios, que son “factores de adversidad severa” para los primeros meses y años de vida, cuando el cerebro absorbe estímulos que luego influyen en su vida.
El año pasado se alcanzó el máximo histórico, de 73 bebés y niños alojados en las distintas unidades penitenciarias del país (al 14 de enero de 2025 eran 68), al mismo tiempo que desciende la tasa de natalidad en el país. Esa cifra es “impactante” y alta comparada con la estadística de otros países, indica el informe. En Argentina, si bien la población privada de libertad es siete veces mayor a la de Uruguay, la cantidad de mujeres recluidas con sus hijos es similar en términos absolutos. En tanto, en países europeos, la cantidad es bastante menor en términos absolutos y relativos, con la excepción de Turquía.
En los casos de mujeres que son condenadas a penas cortas o que se encuentren en las últimas etapas del cumplimiento de la sanción penal, Petit sugiere avanzar en la creación de Centros de Inclusión Social, inspirados en el modelo español de reforma penitenciaria. En esos centros de medio camino las personas pasan una parte del día, duermen o reciben asistencia, pero el resto del tiempo están integradas a la comunidad.
El informe plantea que recurrir a medidas no privativas de la libertad para delitos menores o los dispositivos de medio camino y programas intensivos de rehabilitación, pueden reducir la población penitenciaria “y con planes adecuados, contribuir en la reducción de la reincidencia”, además de quitarle mano de obra a las redes vinculadas al narcotráfico que “se aprovechan de personas desesperadas para circular sustancias ilegales”.

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