NO a los allanamientos nocturnos

El siguiente es un comunicado e informe elaborado por SERPAJ llamando a NO VOTAR LOS ALLANAMIENTOS NOCTURNOS el próximo 27 de octubre, y al cual adherimos junto a otras organizaciones de la sociedad civil.

POSTURA ANTE EL PLEBISCITO DE ALLANAMIENTOS NOCTURNOS

Montevideo, 11 setiembre de 2024

Las organizaciones firmantes queremos manifestar nuestro firme rechazo a la propuesta de plebiscito que habilita los allanamientos nocturnos, a llevarse adelante en octubre próximo junto con las elecciones nacionales. La redacción original de la Constitución de 1830 resguardaba una protección sustancialmente idéntica a la actual. Es una marca de calidad institucional de casi doscientos años de vigencia, que ahora pretende ser arrancada a la ciudadanía sin que exista una justificación técnica adecuada. Por ello, expresamos los reparos a la propuesta en los siguientes puntos.
Es falso que la institución policial está imposibilitada de actuar en los horarios de la noche. Es falso que no puede ingresar a hogares en la noche, es falso que no puede atenderse policialmente una situación de violencia doméstica en la noche y es falso que no pueden allanarse depósitos y almacenes de drogas que funcionan como establecimientos industriales, agrarios y/o comerciales, también en la noche. El allanamiento está detalladamente diseñado como un medio de prueba en el Código del Proceso Penal (CPP) en los arts. 192 a 196 y en la Ley de Procedimiento Policial (LPP). Estas garantías se encuentran consagradas en el sistema interamericano e internacional de derechos humanos, que regula en distintos instrumentos la inviolabilidad del domicilio como espacio de protección de la vida privada y la intimidad. Entre ellos, el art. 11.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el art. 17 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos; y el art. 12 de la Declaración Universal sobre los Derechos Humanos, entre otros instrumentos técnicos interpretativos.
La reforma implica una reducción ineficiente e injustificada de las garantías fundamentales. Existen mejores herramientas para investigar y sancionar el narcotráfico. Desde el año 2004 se han sancionado en Uruguay distintas normativas que permiten ejecutar el ingreso en la esfera de intimidad de las personas. Por ejemplo, a través de las técnicas especiales de investigación, que apuntan a utilizar una menor cantidad de recursos y alcanzar resultados eficaces en la recolección de evidencia en las investigaciones vinculadas al tráfico de estupefacientes. Estas medidas de prueba son más eficaces que los allanamientos nocturnos, aunque sean menos espectaculares desde el punto de vista simbólico.
El medio (probatorio) no puede ser el mensaje. Ni siquiera desde el punto de vista técnico es posible postular que los allanamientos nocturnos deben ser jerarquizados frente a otros medios de prueba más eficaces y menos lesivos para la intimidad. En materia de seguridad pública, más que mensajes simbólicos sobre el manejo de la autoridad, se necesitan resultados concretos. La práctica cotidiana evidencia errores
y defectos formales en la ejecución de los allanamientos diurnos, que a nivel procesal pueden derivar en la nulidad de toda la investigación, generando de esta forma un efecto boomerang.
El allanamiento nocturno expone a niñas, niños y adolescentes a situaciones de violencia, violando normas internacionales de protección de sus derechos. El allanamiento de hogares donde habitan infancias y adolescencias los expone a la vulneración de sus derechos y a una situación de extrema violencia, que vivencian de forma traumática. El ordenamiento jurídico internacional establece la necesidad de especial protección de las infancias y adolescencias, a través de la Convención de los Derechos del Niño, que en su en el art. 16 establece que: “Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación” teniendo “derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques”.
El allanamiento nocturno implica la reproducción de la violencia comunitaria. Los allanamientos nocturnos acrecentarán la violencia en barrios de mayor vulnerabilidad y exposición a la violencia comunitaria. La presencia del Estado en estos territorios está fuertemente asociada al patrullaje e intervención policial, en detrimento de instituciones y programas de acompañamiento y acceso a derechos fundamentales (educación, salud, cultura, esparcimiento, entre otros). Los instrumentos que habilitan prácticas represivas de este tipo alteran y repercuten negativamente en la vida cotidiana del barrio, reproducen las desigualdades territoriales existentes, y profundizan la criminalización de la pobreza.
La experiencia comparada en otros países no muestra resultados. La evidencia comparada muestra que la existencia de estos procedimientos no ha mejorado la situación de seguridad previa. Basta considerar el ejemplo de Ecuador, que cuenta con la habilitación para allanamientos nocturnos, y que en los últimos años ha sufrido un incremento en el tráfico de drogas, resultando en una ola de violencia letal vinculada a grupos criminales, y quintuplicando la cantidad de homicidios entre 2019 y 2022.
No existen garantías para los policías como trabajadores expuestos a una situación de violencia. Los propios encargados de llevar a cabo la medida presentan reparos y cierto rechazo a la misma siendo su principal argumento no contar con las garantías necesarias para poder realizarlo. El Sindicato Único de Policías del Uruguay ha expresado su rechazo en diversos medios de comunicación, señalando públicamente que “no vemos los garantías que podemos tener los funcionarios (…), que se necesitan”.


Es necesario reforzar la construcción de una mirada integral sobre la seguridad, entendido
como un asunto de derechos humanos de toda la ciudadanía, y no a partir de recetas
sesgadas, sin un objetivo estratégico claro más que dotar abstractamente de mayores
potestades a las fuerzas de seguridad. Por eso decimos,


NO AL AVANCE DE PRÁCTICAS REGRESIVAS EN
MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
NO A LOS ALLANAMIENTOS NOCTURNOS


ACCA – Agrupación de Cultivadores de Cannabis del Uruguay
Asociación Civil El Paso
CBB – Casa Bertolt Brecht
Colectivo Catalejo
Colectivo Fugas
CDNU – Comité de Derechos del Niño Uruguay
CIPPUS
Crysol
Familias Presentes
FUCVAM
El Abrojo
Hinchada con memoria
Imaginario 9
Jacaranda
Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos
Memoria en Libertad
Mizangas colectivo afrofeminista
La vida vale
Luna Nueva
OBSUR
Ovejas Negras
Rebeldía Organizada
Radio Pedal
Serpaj Uruguay
PIT-CNT
VOCERÍAS:
Micaela Benavente 099 547 393
Florencia Casarotti 099 777 992
Florencia Lemos 098 179 244
Rodrigo Rey 094 150 687
Tamara Samudio 099 173 196
Andrea Sorondo 094 939 536

Comentarios

  1. Si se llegara a APROBAR LA LEY DE ALLANAMIENTO NOCTURNO.
    Estaríamos ante otro DDHH perdido, como tantos.
    Abrirles las puertas a las atrocidades más inexplicables. Las personas tienen que leer, averiguar.
    Para las cosas SI necesarias ya está establecido.
    Allanamiento en nuestros hogares octurnos, sería terrible.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *